

La Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, todos los días vive con cada uno de los afiliados y beneficiarios que necesitan una orientación en materia prestacional, sus necesidades, nos referimos a la atención en el despeje de dudas e inquietudes originadas por el pago de la asignación mensual de retiro y la sustitución de asignación mensual de retiro. Pero a qué nos referimos con esos dos términos?
Asignación mensual de retiro
Es sueldo de retiro, prestación social del personal de la reserva activa de la fuerza, susceptible de sustitución (vitalicia), por los servicios prestados a la Policía Nacional en calidad de uniformado.
El reconocimiento de esta prestación económica inicia en la Policía Nacional, Casur recepciona la hoja de servicio, que es el documento base y fundamental para iniciar el reconocimiento de la prestación social, expedida únicamente por la Policía Nacional.
Posteriormente la Entidad realiza el reconocimiento, con base en los decretos: 4433 de 2004, 1213 de 1990, 1212 de 1990, 1858 de 2012, 1002 de 201, entre otros, que es otorgamiento de un derecho, previo examen de los requisitos legales de quien lo reclama, el cual implica revisión de la identidad, naturaleza, pruebas, circunstancias que rodean el derecho que se pretende; seguidamente se expide el acto administrativo de reconocimiento y si es procedente el reconocimiento, se incluye en la nómina para realizar el pago, en caso contrario se devuelve a la Policía Nacional y se le informa al interesado.
Es pertinente aclarar que la Caja incluye en la nómina de pagos el reconocimiento, una vez que el afiliado cumpla los tres meses de alta, por lo cual es necesario mencionar que el artículo 106 del Decreto 1213 de 1990, establece que ¿(¿) El lapso de los tres (3) meses de alta se considerará como de servicio activo, únicamente para efectos de prestaciones sociales (¿)¿, razón por la cual la Policía Nacional es quien debe reconocer y pagar los valores por dicho período.
Por otra parte, de conformidad con las normas legales especiales vigentes, es decir al Decreto 4433 de 2004 y la Ley 700 de 2001 Art. 4°, que establece ¿(¿) A partir de la vigencia de la presente ley, los operadores públicos y privados del sistema general de pensiones y cesantías, que tengan a su cargo el reconocimiento del derecho pensional, tendrán un plazo no mayor de seis (6) meses a partir del momento en que se eleve la solicitud de reconocimiento por parte del interesado para adelantar los trámites necesarios tendientes al pago de las mesadas correspondientes¿.(¿)
Es de aclarar que el plazo anterior, es a partir de la radicación de la hoja de servicio en la Entidad.
Sustitución de asignación mensual de retiro
¿Es la sucesión de la prestación que venía devengando el titular, a sus beneficiarios, en el orden y porcentajes establecidos en los estatutos de carrera de cada categoría? Decreto 4433 de 2004, Decreto 1213 de 1990, Decreto 1212 de 1990, entre otros.
Para el efecto, la ley establece los requisitos para reconocimiento de esta prestación económica, que se encuentran publicados en el sitio web www.casur.gov.co accediendo a tramites y dando click al número 6. ¿Reconocimiento de sustitución de asignación mensual de retiro?
¿Cómo se transmite la información prestacional?
El Centro Integral de Trámites y Servicios, Citse, se encuentra ubicado en Bogotá en la carrera 7 No. 12 B ¿ 58 piso 1, allí los servidores públicos están destinados a conocer sus requerimientos y propender por la solución, orientación o atención de los mismos, este grupo de colaboradores con el carisma en atención al ciudadano y con el compromiso que los caracteriza, tiene el manejo general de la información de los trámites y servicios de Casur y otras entidades a las cuales dirigen de acuerdo a la competencia institucional.
Otro canal importante de comunicación y atención se evidencia en los principales departamentos del territorio nacional: Antioquia, Atlántico, Boyacá, Meta, Quindío, Tolima, Valle del Cauca y Santander, donde los afiliados también cuentan con la posibilidad de resolver sus inquietudes y necesidades, a través de los coordinadores de dichos departamentos, quienes tienen contacto y enlace directo con Casur, además del conocimiento y experticia para realizar esta labor. Usted los puede ubicar en las direcciones que a continuación se relacionan o por la AppCasur, donde se encuentra cada una de las sedes de acuerdo a su ubicación.
Cuáles son nuestros principales trámites y servicios prestacionales?
- Reconocimiento de asignación mensual de retiro y sustitución de asignación mensual de retiro.
- Actualización para el pago de cuotas de sustitución de asignación mensual de retiro,
- Expedición de la constancia de vinculación institucional
- Inscripción en los programas de bienestar de la Entidad
- Entrega de desprendibles de pago y Certificado de Ingresos y Retenciones CIR
Cada uno de los anteriores trámites se encuentran debidamente documentados en el portal web de Casur www.casur.gov.co enlaceTrámites, para que Usted conozca cómo puede acceder a ellos si no quiere acercarse a nuestro Centro de Información presencial; sin embargo Casur ofrece los siguientes canales de comunicación para su comodidad: