Debido a las medidas impartidas por el Gobierno Nacional, en el marco de la emergencia sanitaria Covid-19, Casur informa que  los actos administrativos expedidos por la Entidad serán notificados conforme a lo señalado por el Decreto 491 del 28 de marzo de 2020. En tal virtud, se activa el canal para Notificación o comunicación de actos administrativos por vía electrónica:

La notificación o comunicación de los actos administrativos se hará a través de medios electrónicos, siempre siguiendo los requisitos que la ley contempla para la validez y legalidad de los mismos; para tal fin Casur habilita un buzón de correo electrónico cuya dirección es:

 

notificacionelectronica@casur.gov.co


El mencionado correo será exclusivamente para efectuar las notificaciones o comunicaciones sobre los trámites y servicios de Casur y para la notificación de los actos administrativos.

- Lo anterior, deberá cumplir con el procedimiento fijado en el inciso tercero (3) del Artículo cuarto (4) del Decreto 491 de 2020.

- La Oficina Asesora Jurídica comunicará a los apoderados judiciales de la entidad y al personal de dicha dependencia que estén a cargo de la contestación y a los encargados de negocios judiciales los nuevos términos para atender las peticiones en sus modalidades y además socializarlo con el personal de la entidad y con los usuarios.

- En los procesos administrativos que están en curso los ciudadanos o actores interesados deberán indicar a Casur la dirección electrónica donde recibirán las notificaciones e indicar sus datos personales y de contacto (nombre, documento de identidad, dirección de correspondencia y teléfono).

En conformidad con el Decreto 491 de 2020, Casur expidió la Resolución 1951 de 2020, por medio de la cual Se suspenden los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa por razón del servicio y como consecuencia de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.

  1. Publicación Auto de única instancia control Resolución CASUR 1951 del 07 de abril de 2020 que suspende términos : CLIC AQUÍ
  2.  Auto Consejo de Estado avoca Control inmediato de legalidad de la Resolución CASUR 1951 del 07 de abril de 2020 que suspende términos: CLIC AQUÍ
  3.  Resolución CASUR 1951 del 07 de abril de 2020 por medio de la cual Se suspenden los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales: CLIC AQUÍ
  4. Resolución 3963 del 09 de Julio de 2020 por la cual se levanta la suspensión de términos en las actuaciones disciplinarias que se adelantan en la Caja de Sueldos de Retiro de la Policia Nacional, la cual se había dispuesto como consecuencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19, y se dictan otras disposiciones: CLIC AQUÍ
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PGR-FR-002 Autorización de notificación electrónica V2.pdf

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