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Oficina de Planeación E Informática
MAYOR (R) JORGE SAMUEL YANDAR MARTÍNEZ
Tel: (57 1) 281 0978
Conmutador: (57 1) 2860911 ext.: 264 273
e-mail:
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En la Constitución Política de 1991 se establecen los organismos de control para las entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
FISCAL => corresponde a la Contraloría General de la República
DISCIPLINARIO => corresponde a la Procuraduría General de La Nación
DEFENSORIAL => corresponde al Defensor del Pueblo
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Contacto: http://www.contraloriagen.gov.co/html/home/home.asp
Es un organismo de CONTROL FISCAL de carácter técnico, dotada de autonomía administrativa, presupuestal y contractual. A cargo de ella está la VIGILANCIA DE LA GESTION FISCAL Y EL CONTROL DE RESULTADOS DE LA ADMINISTRACION. Esta vigilancia se extiende a los particulares y entidades que manejan fondos de la Nación
GESTION FISCAL: Es la administración y manejo de la hacienda pública en sus diferentes y sucesivas etapas de recaudo o percepción, conservación, adquisición, enajenación, gasto, inversión y disposición de bienes y recursos públicos
EL MINISTERIO PÚBLICO
Es el órgano de control que tiene a su cargo la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas.
Procurador general de la nación
Defensor del pueblo
Procuradores delegados o provinciales
Agentes ante las autoridades jurisdiccionales
Personero municipal
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Contacto: http://www.procuraduria.gov.co/
Control Disciplinario Financiero, Operativo, Administrativo, de Gestión y de Legalidad. Vigilar el correcto funcionamiento de la función pública, para salvaguardar los derechos e intereses de los ciudadanos, garantizar la protección de los derechos humanos e intervenir en representación de la sociedad para defender el patrimonio público.
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Contacto: http://www.fiscalia.gov.co
Control Penal Financiero, Operativo, Administrativo, de Gestión y de Legalidad.
CONGRESO NACIONAL
Contacto: www.senado.gov.co
Contacto: www.camara.gov.co
Constitución Política Artículo 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Artículo 114. Corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración.
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